- Apertura y mantenimiento de una cuenta corriente: la Cuenta de Servicios Bancarios Mínimos;
- Disponibilidad de una tarjeta de débito para operar con la cuenta;
- Movimientos de cuenta a través de cajeros automáticos en la Unión Europea, homebanking y en las Oficinas del Banco BPI;
- Depósitos, retiradas, pagos de bienes y servicios, adeudos directos;
- Realización de transferencias intrabancarias (transferencias a cuentas de la propia entidad) sin restricciones en el número de operaciones que se pueden realizar;
- Realización de transferencias interbancarias (Transferencias SEPA+ y Órdenes Permanentes SEPA+), a través de cajeros automáticos, sin restricciones en el número de operaciones que se pueden realizar, y homebanking (Online - BPI Net y Dispositivo Móvil App BPI), en cuyo caso hay un máximo de 24 transferencias interbancarias nacionales y de la Unión Europea por año natural;
- Realización de transferencias a través de aplicaciones de pago operadas por terceros (MB Way), con un límite de 5 transferencias al mes y de importe igual o inferior a 30 euros por operación.
Se podrán contratar otros productos o servicios no incluidos en los Servicios Bancarios Mínimos, sujetos a las comisiones y gastos previstos en la lista de precios vigente. La Cuenta de Servicios Bancarios Mínimos no puede tener saldo negativo, ni permite la contratación de descubiertos, ni el movimiento de fondos por encima de su saldo (descubierto a crédito). La prohibición de los descubiertos a crédito no se aplica a las operaciones realizadas con tarjeta de débito (por ejemplo, el pago de peajes).
La comisión anual de mantenimiento de cuenta por servicios bancarios mínimos es de € 4,24, y se cobra mensualmente por un importe de € 0,34 de comisión más € 0,01 de impuesto de timbre (4%). La comisión de mantenimiento de la Cuenta de Servicios Bancarios Mínimos no puede superar el 1% del valor del Índice de Apoyo Social.