Línea de apoyo al sector social COVID-19

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El BPI, el Instituto de Gestión Financiera de la Seguridad Social (IGFSS), la Sociedad Portuguesa de Garantía Mutua (SPGM) y las Sociedades de Garantía Mutua (SGM) apoyan a las Entidades de la Economía Social (EES), con el objetivo de facilitar el acceso al crédito en condiciones más ventajosas para estas entidades.

Descripción

La Línea de Apoyo al Sector Social COVID-19, protocolizada entre el Instituto de Gestión Financiera de la Seguridad Social (IGFSS), la SPGM, las SGM (Garval, Lisgarante y Norgarante) y el BPI, es una línea garantizada, con una dotación global de 165 millones de euros y en vigor hasta el 31 de marzo de 2021.

Esta línea surge a raíz de las diferentes medidas de emergencia definidas por las autoridades sanitarias internacionales y nacionales necesarias para contener la difusión del virus y que han implicado la imposición de restricciones a la circulación de personas y bienes, con un enorme impacto socioeconómico en muchos sectores de actividad en Portugal, en concreto en las Entidades de la Economía Social (EES).

Ventajas
  • Acceso al crédito en condiciones protocolizadas, más ventajosas;
  • Sin necesidad de adquirir o pignorar acciones de la Sociedad de Garantía Mutua;
  • Simplificación del proceso de decisión y contratación: menos tiempo y menos burocracia.
Beneficiarios

Entidades de la Economía Social (EES) que sean Instituciones Particulares de Solidaridad Social o entidades equivalentes sin fines lucrativos equiparadas a Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (PYMES), tal como se define en la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión Europea, ubicadas en el territorio nacional.

Operaciones elegibles

Préstamo a plazo fijo

  • Operaciones destinadas, exclusivamente, a la financiación de las necesidades de tesorería.
Importe

Importe máximo de financiación por beneficiario: 500 000 euros.

Plazo

Plazo máximo: hasta 6 años

Garantías
  • Garantía autónoma ejecutable a primer requerimiento prestada por la SGM destinada a garantizar hasta el 90 % del capital debido;
  • No podrá exigirse al Cliente, ni por parte del BPI ni por la SGM, ningún tipo de aval o garantía complementaria (personal o patrimonial).

 

Para más información, diríjase a cualquier Centro de Empresas o Oficina BPI o contáctenos.

 

Notas

La presente información tiene naturaleza publicitaria y no dispensa la lectura de la información precontractual y contractual exigida por la ley, no constituyendo una propuesta contractual.

Contratación sujeta a la aprobación previa de las entidades implicadas, y sujeta a las condiciones definidas en función del perfil de riesgo para cada operación.

Banco BPI, S.A., Sociedad Abierta, Rua Tenente Valadim, 284, Oporto, Intermediador de Seguros Ligado n.º 207232431 (registrado en la Autoridad de Supervisión de Seguros y Fondos de Pensiones el 31/10/2017 - información adicional relativa al registro disponible en www.asf.com.pt), autorizado para ejercer la actividad en las Ramas de Seguro de Vida y No Vida con las Aseguradoras BPI Vida e Pensões - Companhia de Seguros Vida, S.A., Companhia de Seguros Allianz Portugal, S.A. y COSEC - Companhia de Seguro de Créditos, S.A. El Banco BPI, S.A. no está autorizado para cobrar primas ni para celebrar contratos en nombre de COSEC, Allianz o BPI Vida e Pensões y, en su calidad de intermediador de seguros, declina toda responsabilidad en la cobertura de riesgos inherentes al contrato de seguro.